Se aprobó por el pleno del congreso del estado, incluir la violencia digital en el Código Penal del Estado de Sinaloa
Luego de que diputados y diputadas aprobaron incluir la violencia mediática, digital y simbólica, así como también se aprobó reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley de Responsabilidades Administrativas.
La reforma aprobada es parte de la Agenda Púrpura, cuya finalidad es impulsar iniciativas y reformas para la equidad de género y la prevención y penalización de delitos que violentan a las niñas y mujeres en Sinaloa.
La reforma estipula cambios en el artículo 185 Bis C para establecer que comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que por cualquier medio publique, divulgue, difunda, comparta o distribuya imágenes, videos o audios, imprima o elabore textos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado.
Se establece como pena de 6 meses a 2 años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa. También se aplicarán sanciones cuando las imágenes, videos o audios de contenido íntimo de naturaleza sexual que se divulguen, compartan, distribuyan o publiquen y no sean de la persona señalada.
También se adicionó al Código Penal de Sinaloa, que se impondrá una sanción de cuatro a ocho años de prisión y multa de cuatrocientos a mil días multa a quien, pida imágenes, audio o video de su cuerpo en desnudez parcial o total, de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual, o le, solicite un encuentro sexual o contacte por cualquier medio de comunicación a una persona niña, niño o adolescente.
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